Introducción en la normativa sobre ruido de objetivos de calidad acústica en terrenos afectados por infraestructuras de transporte

Esta modificación responde a la necesidad de adaptar el citado Real Decreto de 2007 a la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de julio de 2010, que estimó parcialmente un recurso contra dicho Real Decreto, anulando en el anexo II, dedicado a los objetivos de calidad acústica, la expresión "sin determinar" que figuraba en relación con los sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que los reclamen.
http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2012/refc20120706.htm#Ruido